Dirección del Trabajo golpea la mesa y recalca que pese a la emergencia y al cierre de jardines infantiles se mantiene intacto el derecho de sala cuna
El servicio reiteró que, en caso de que el empleador no pueda cumplir con ninguna de las alternativas que consagra la Ley para garantizar este derecho, debe acordar el pago de un bono compensatorio.
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Por segunda vez, en el marco de la crisis sanitaria generada por la propagación del Covid-19, la Dirección del Trabajo (DT) se pronunció respecto al derecho a sala cuna y a la obligatoriedad que tienen los empleadores -de firmas con más de 20 mujeres contratadas- con este tema.
Tras ser consultado por una trabajadora respecto a esta materia, en un nuevo pronunciamiento -firmado por Juan Terrazas, jefe del departamento jurídico de la DT-, el servicio reiteró que se trata de un beneficio irrenunciable y que los empleadores, pese a la emergencia, no están libres de garantizarlo.
Esta es la segunda vez que el servicio se refiere al tema. La primera fue en junio de 2020, cuando sostuvo que el teletrabajo no era incompatible con este derecho y que las empresas de igual modo debían continuar entregándolo.
En el pronunciamiento dado a conocer hace unos días, la DT recalcó que el beneficio es compatible con el teletrabajo y que, pese a la emergencia del Covid-19, las madres trabajadoras "mantienen el derecho a que el empleador provea de la respectiva sala cuna".
Las opciones
En esa línea, el servicio recordó que existen tres modalidades para garantizar dicho derecho: la primera de ellas es creando y manteniendo una sala cuna anexa e independiente de los lugares de trabajo; la segunda, es habilitando servicios comunes de sala cuna con otros establecimientos de empresas que se encuentran en la misma área geográfica; o pagando directamente los gastos de sala cuna al establecimiento al que la trabajadora lleve a sus hijos menores de dos años, el que debe ser elegido de entre aquellos que se encuentren debidamente autorizados por la autoridad respectiva.
Y si bien la Dirección del Trabajo reiteró que no es posible dar por satisfecho el cumplimiento de esta obligación mediante la entrega de una suma de dinero a la madre trabajadora, ya que se trata de un derecho irrenunciable que no puede ser ni desistido ni reemplazado por otro, agregó que en determinados escenarios esta fórmula sí es aplicable.
"Esta Dirección ha emitido pronunciamientos que autorizan, en determinados casos, la compensación monetaria del beneficio de sala cuna, atendidas las especiales características de la prestación de servicios o condiciones laborales de la madre", dice el pronunciamiento.
Para la DT, la permanencia de menores de dos años en sus hogares haría "igualmente necesario disponer de una persona que asuma su cuidado, con el consiguiente gasto adicional que implica la contratación de un tercero para ello o impedirá a la madre trabajadora prestar debidamente los servicios convenidos en caso de asumir personalmente dicho cuidado", dice el documento, recordando que en su momento el Ministerio de Salud instruyó el cierre de establecimientos educacionales, entre ellos las salas cuna.
Así, el pronunciamiento agrega que en caso de que exista imposibilidad para el empleador de cumplir con su obligación legal de otorgar sala cuna bajo las reglas generales, las partes se encuentran habilitadas para acordar, en el marco de la presente emergencia sanitaria y mientras duren las limitaciones al respecto, el pago de un bono compensatorio que permita a la madre trabajadora encargar el cuidado del menor de dos años a un tercero y así poder prestar servicios de forma adecuada.
¿De cuánto debe ser dicho monto? La DT no entregó una cifra, pero sostuvo que debe ser equivalente a los gastos que irrogan tales establecimientos en la localidad de que se trata, de manera que permitan financiar los cuidados del niño y velar por el resguardo de su salud integral.
Protección salarial se transforma en la principal
demanda de los trabajadores en tiempos de Covid-19
El estado del mercado laboral sigue siendo un tema que mantiene preocupados a los trabajadores, tanto en Chile como en el mundo. Eso es lo que se desprende del último Workmonitor, estudio realizado por la consultora de RRHH Randstad.
De acuerdo a la medición, el 71% de los encuestados locales señaló que espera "protección salarial" de parte su empleador durante el tiempo que dure la pandemia. Esta cifra posiciona a Chile a la cabeza de América Latina y tercero en el ranking internacional, luego de Grecia (82%) y Turquía (72%).
Según reflejaron los datos, a esta demanda de los empleados le sigue la puesta en marcha de políticas de salud y protocolos de seguridad, con 54%; contar con cobertura complementaria de salud, con 50%; y seguridad laboral, con 42%.
Respecto a las nuevas demandas, destacan la transparencia en la comunicación (38%); capacitación (32%), programas de asistencia con apoyo psicológico (32%), y equipamiento adecuado para el homeoffice (32%).
El director de ventas de Randstad, Felipe Lagos, explicó que "en una situación normal, esto podría ser más llevadero, debido a que existen otras opciones en el mercado, pero actualmente hay una muy limitada creación de puestos de trabajo, elevando a niveles históricos el miedo a perder el empleo".
El sondeo también reveló que 64% de los encuestados en Chile se ha sentido emocionalmente apoyado por su empleador en la pandemia, lo que empata a Chile con Argentina; pero que ubica al país bajo Brasil (72%) y México (71%). A escala global, el país alcanza la posición número 7 entre aquellos cuya población ocupada percibe menos respaldo de parte de su compañía.